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Marzo – Abril 2011

2011.05.17

A continuación se nombran las disposiciones normativas por orden cronológico, con una breve referencia a su contenido:

Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible


Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado de 5/3/2011, la extensísima Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, que modifica numerosas disposiciones normativas, entre las cuales se encuentra la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal, cuyos fines son, entre otros, proteger los animales, vegetales y microorganismos que anulen o limiten la actividad de los organismos nocivos para los vegetales y productos vegetales y prevenir los riesgos que para la salud de las personas y animales y contra el medio ambiente puedan derivarse del uso de los productos fitosanitarios. El fin de la modificación de esta modificación legal es evitar la repetición innecesaria de experimentos con animales vertebrados.
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Ley 2/2011, de 17 de marzo, de caza


Se ha publicado en el Boletín Oficial del País Vasco de 29/3/2011, la Ley 2/2011, que tiene por objeto la regulación de la caza en la Comunidad Autónoma del País Vasco, con el objeto de adaptarla a la normativa de protección de la fauna silvestre derivada de la Unión Europea y su transposición al ordenamiento interno español (Directiva sobre conservación de las aves silvestres y Directiva relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres).
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Ley 3/2011, de 25 de marzo, de protección y ordenación de la práctica deportiva de la colombicultura y la colombofilia


Se ha publicado en el Boletín Oficial de Murcia de 1/4/2011, la Ley 3/2011, que tiene por objeto el reconocimiento, la protección y el fomento de la práctica deportiva de la colombicultura y la colombofilia, práctica muy dañina para los animales y que no contaba con una regulación que cubriera suficientemente ciertos aspectos. Según su artículo primero, se aplica subsidiariamente a esta actividad la Ley de protección de los animales de la Comunidad Autónoma de Murcia.
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Ley Foral 12/2011, de 1 de abril, de modificación de la Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de caza y pesca de Navarra


Se ha publicado en el Boletín Oficial de Navarra de 11/4/2011, la modificación de la Ley de caza y pesca de esta Comunidad Autónoma, la cual establece un sistema de responsabilidad desigual para los casos de accidentes de tráfico que para el resto de contingencias. En atención a que en los últimos años los daños al cultivo por especies cinegéticas, en especial aquellos que están relacionados con las infraestructuras y que suponen refugio para determinadas especies, se han incrementado en algunas zonas de Navarra, la modificación obedece al interés del legislador de adaptar el actual sistema de responsabilidad, con la voluntad de que se establezca un compromiso y responsabilidad en las labores propias de mantenimiento, conservación y prevención en vías de comunicación, canales o infraestructuras similares, de modo que, más allá de un reparto de las responsabilidades, se ponga especial énfasis en la prevención y minimización de los daños.
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Decreto 80/2011, de 12 de abril, por el que se regula la formación en bienestar animal


El objeto del presente Decreto, cuya publicación se encuentra en el Boletín Oficial de la Andalucía de 28/4/2011, es regular la tipología y el contenido de los cursos de formación en bienestar animal obligatorios para las personas cuyas actividades de manejo de los animales de renta y experimentación, de acuerdo con los artículos 1 y 7 de la Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de Protección de los Animales de Andalucía, requieran una formación mínima y específica, así como la expedición, cuando proceda, del certificado de competencia o diploma de formación en bienestar animal.
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Resolución del Director General de Biodiversidad de desarrollo de la Orden del Conseller de medio ambiente, ordenación del territorio y litoral de 1/7/1999 para el año 2011, de regulación de la tenencia y captura excepcional de aves fringílidas


Según consta en la esta Resolución, publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de 30/4/2011, ésta se dicta con la finalidad de asegurar que el impacto de las autorizaciones de captura de fringílidos sea el menor posible y no afecte al estado de conservación favorables de las especies afectadas, así como resolver los inconvenientes de carácter administrativo y organizativo en los controles de esta actividad.
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