2010.03.09
Sí, la Ordenanza sobre el uso de las vías y de los espacios públicos en Barcelona, acordada por el Consejo Plenario del Ayuntamiento, establece en el art.63.1.e que llevar a cabo prácticas abusivas, discriminatorias o degradantes hacia personas o animales en las vías públicas de Barcelona constituye una infracción, estableciéndose una multa de hasta 1800€, puesto que tiene consideración de infracción muy grave. (
http://w3.bcn.es/fitxers/ajuntament/consolidadescast/usvies.699.pdf)
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