2010.03.09
Sí, la identificación individual (implantación de microchip subcutáneo homologado / tatuaje) es obligatoria y se ha de llevar a cabo por un veterinario. Ver en base de datos: “animal de compañía”; “identificación”; “veterinario”. La identificación es muy importante, especialmente para casos de pérdida de los animales de compañía. Cada microchip contiene un código numérico que identifica al animal y a su propietario. Cuando una clínica veterinaria, centro de recogida o acogida de animales, o bien las autoridades públicas, reciben un animal perdido, lo primero que deben hacer es, mediante un lector de microchip, identificar al animal para poder contactar con su propietario/poseedor. En caso de no disponer el animal de identificación, su recuperación será más lenta y difícil y es posible que nunca se llegue a encontrar al animal. Después de identificar al animal, hay que censarlo en el Ayuntamiento del municipio de residencia habitual, disponiendo de un plazo concreto desde su nacimiento o adquisición que establecen las leyes de protección animal según la Comunidad Autónoma de que se trate. Igualmente, debe comunicarse cualquier cambio de propietario, dirección, etc. Ver en base de datos: “animal de compañía”; “censo”. Estos datos son centralizados en los Registros generales de animales de compañía de cada Comunidad Autónoma. Ver en base de datos: “registros”. La no identificación y la no inscripción en el censo constituyen infracciones administrativas cuyo incumplimiento conlleva una multa económica. Ver en base de datos: “identificación”; “censo”; “sanciones”.
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