2010.05.24
AUTOR: David N. Cassuto
TÍTULO:
Animal Sacrifice and the First Amendment
FECHA DE PUBLICACIÓN: Junio 2008
LUGAR DE PUBLICACIÓN: ANIMAL LAW AND THE COURTS: A READER, Taimie Bryant, David N. Cassuto, Rebecca Huss, eds., Thomson West, 2008
Reproducido con autorización expresa del autor en: dA wb Center; Mayo 2010
RESUMEN
El sacrificio de los animales y el rito religioso se han visto entrelazados durante millones de años. La práctica se mantiene íntegra en la Santería, una religión Afro-Cubana que tiene muchos seguidores en los Estados Unidos, especialmente en Florida.
En 1987, cuando la Iglesia de Santería del “Ojo de Lukumi Babalu” anunció que tenía planes para asentarse en Hialeah, Florida, la ciudad reaccionó aprobando un grupo de ordenanzas que prohibían el sacrificio animal. La Iglesia interpuso una demanda y la cuestión sobre si el rito religioso de animales estaba amparado por la expresión religiosa acabó finalmente en el Tribunal Supremo. La Iglesia del Ojo de Lukumi Babalu y la ciudad de Hialeah instaron al Tribunal a pronunciarse sobre las siguientes cuestiones:
¿Constituye el rito del sacrificio de los animales una expresión religiosa protegida por la Primera Enmienda? Si es así (o incluso si no lo es) puede el Estado prohibir o regular esta práctica?
Se trataba de preguntas difíciles que el Tribunal intentó responder incluso suscitando más cuestiones. En este capítulo se examinan los razonamientos del Tribunal en el “caso Lukumi” con el objetivo de clarificar la relación entre el sacrificio animal y la Primera Enmienda. En la opinión del Tribunal, la tentativa plural de lanzar las ordenanzas de Hialeah con un bajo estatuts de protección de los animales fue erróneo y contraproducente.
El hecho de definir las Ordenanzas de Hialeah como de anti-crueles en lugar de anti-sacrificio supuso que el Tribunal encontrara las normas excesivamente amplias. Por esta razón, el Tribunal consideró que las ordenanzas eran intolerablemente gravosas para las prácticas religiosas. De hecho, este razonamiento goza de la misma imprecisión que el Tribuna alude acerca de las normas impugnadas. Es decir, se exige que las leyes sean precisas de manera estricta para lograr un objetivo concreto pero suficientemente extensas para llevar a cabo la conducta definida en el ámbito de aplicación. Estas perspectivas contradictorias crearon una regla imposible de cumplir. Además, clasificando las leyes de sacrificio de animales como leyes anti-crueles y luego invalidándolas basándose en la Primera Enmienda, el Tribunal puso en peligro cualquier intento futuro para legislar acerca de la protección de los animales, aún cuando estas leyes únicamente tuvieran repercusiones en la práctica religiosa de manera incidental.
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