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Sentencia 149/08, de trece de marzo, Audiencia Provincial de Barcelona, Sección decimosexta.

2010.07.02

AUTORA: Judith Solé Resina. Profesora Titular de Derecho Civil de la Universidad Autónoma de Barcelona
TÍTULO: Sentencia 13.03.2008, Audiencia Provincial de Barcelona

FECHA DE PUBLICACIÓN: marzo 2010
LUGAR DE PUBLICACIÓN: dA web Center, marzo 2010

Link interno: Sentencia

Audiencia Provincial de Barcelona
Actuaciones:
Magistrado ponente: D. Jordi Seguí Puntas
Fecha: 13.03.2009
Comentario sobre la Sentencia 149/08, de trece de marzo, de la Audiencia Provincial de Barcelona. Sección decimosexta.
Resumen

La relación existente entre el veterinario y el dueño del gato que acude a su consulta es un contrato de servicios veterinarios, cuya obligación principal es una obligación de medios. La responsabilidad contractual deriva, entonces, del daño producido por una actuación negligente del veterinario y debe resarcir el daño material y el daño moral producido por la muerte del animal.



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